SIL SEGOB


Artículo
 
Disposición numerada en forma consecutiva dentro del cuerpo de un tratado, ley o reglamento. Puede contemplar subdivisiones dentro de su estructura que pueden ser párrafos, fracciones e incisos. En el contexto de México se refiere a cada una de las fragmentaciones que se aplican a un código, un reglamento, o una ley y constituye la división elemental y fundamental ordenada numéricamente.

Los artículos tienen un doble propósito: dividir en piezas el cuerpo normativo de que se trate y dar unidad a su contenido, mediante una estructura interna organizada, que refleje la armonía entre las partes y el todo.

En el Derecho Procesal se llama artículo a cualquiera de las preguntas de un interrogatorio; a la excepción previa que opone alguna de las partes para retardar el curso de la causa principal; y se le equipara con precepto o incidente.
 
 Fuente(s):
  • Berlín Valenzuela, Francisco. Diccionario Universal de Términos Parlamentarios, Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, México, 1997, P. 50.
  • Camposeco Cadena, Miguel Ángel. Manuales elementales de técnicas y procedimientos legislativos. Edición del autor, México, 1990, 1a. ed.