SIL SEGOB


Orden del día
 
Listado de asuntos que formula la Mesa Directiva para ser tratados en una sesión. Se utiliza para programar los trabajos parlamentarios que se abordarán y sirve de guía al Presidente de la Mesa Directiva para conducir dicha sesión.

La Mesa Directiva integrará el proyecto del orden del día de las sesiones y lo dará a conocer al Pleno con las propuestas que reciba oportunamente de la Junta de Coordinación Política, los dictámenes y resoluciones que le turnen las comisiones, así como los asuntos que reciba de la colegisladora, los otros dos poderes de la Unión, los poderes de los estados, los poderes locales de la Ciudad de México, los municipios y los organismos públicos o en su caso, de los particulares. El Reglamento del Senado refiere en lo particular a los asuntos que provienen de los órganos constitucionales autónomos; y otros entes públicos, nacionales o del exterior.

En la Cámara de Diputados el orden de presentación de los asuntos ante el Pleno podrá ser modificado por los grupos parlamentarios por medio de sus coordinadores o sus representantes en la Junta de Coordinación Política, lo cual deberán de notificar a la Mesa Directiva y a los demás grupos, antes del inicio de la Sesión.

La Cámara de Senadores formula el orden del día dando prioridad a los asuntos que debe conocer, discutir o votar el Pleno conforme a plazos previstos en disposiciones constitucionales, legales o reglamentarias; aquellos que representen un mayor interés público; y las iniciativas con aval de grupo.
 
 Fuente(s):
  • Acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, relativo al orden del día de las sesiones, las discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico de votación. México. 2006.
  • Arts. 15, 20, 36, 38, 60, 66, 70 y 82 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.
  • Art. 21 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.
  • Arts. 35 y del 69 al 75 del Reglamento del Senado de la República.
  • Arts 3, 59, 60, 62, y 65 del Reglamento de la Cámara de Diputados.