SIL SEGOB


Proceso electoral
 
Es el conjunto de actos realizados en fases y que la Constitución y la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales mandatan a las autoridades electorales, los partidos políticos y los ciudadanos para renovar periódicamente a los integrantes de los Poderes Legislativos y Ejecutivo federal y de las entidades federativas, de los ayuntamientos en los estados de la República y de las alcaldías en la Ciudad de México.

El proceso electoral ordinario se comprende de las siguientes etapas:

1) Preparación de la elección.

• inicia con la primera sesión que el Consejo General del INE celebre durante la primera semana de septiembre del año previo en que deban realizarse las elecciones federales ordinarias y concluye al iniciarse la jornada electoral.

2) Jornada Electoral.

• inicia a las 8:00 horas del primer domingo de junio y concluye con la clausura de casilla, excepto en 2018, cuando las elecciones tendrán verificativo el primer domingo de julio.

3) Resultados y declaraciones de validez de las elecciones.

• inicia con la remisión de la documentación y expedientes electorales a los consejos distritales y concluye con los cómputos y declaraciones que realicen los consejos del Instituto, o las resoluciones que, en su caso, emita en última instancia el Tribunal Electoral.

4) Dictamen y declaraciones de validez de la elección.

• inicia al resolverse el último de los medios de impugnación que se hubiesen interpuesto en contra de esta elección o cuando se tenga constancia de que no se presentó ninguno y concluye al aprobar la Sala Superior del Tribunal Electoral el dictamen que contenga el cómputo final y las declaraciones de validez de la elección y de Presidente electo.

Durante el desarrollo del proceso electoral participan diversos actores y cada uno de ellos colabora de distinta manera en éste. Entre éstos se encuentran: 1) autoridades electorales: Instituto Nacional Electoral, Organismo Públicos Locales Electorales, Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE), Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Autoridades electorales jurisdiccionales locales; 2) partidos políticos: nacionales y locales; 3) ciudadanos y ciudadanas: electores, funcionarios de mesa directiva de casilla, observadores electorales y candidatos independientes.
 
 Fuente(s):
  • Arts. 41, 53, 54, 56, 57, 60 y 81 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
  • Arts. 208, 224 – 225, 273 – 276, 298, 299, 309 – 314, 319, 320 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
  • Berlín Valenzuela, Francisco, Diccionario Universal de Términos Parlamentarios, Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, México, 1997. Pp. 284 – 285.
  • Martínez Silva, Mario y Salcedo Aquino, Roberto, Diccionario Electoral, Instituto Nacional de Estudios Políticos A.C., México, 2006.