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Sistema electoral
 
Es el conjunto de reglas y procedimientos destinados a regular las diversas etapas de los procesos de votación por los cuales la voluntad de la ciudadanía se transforma en órganos de gobierno de representación política. A través del sistema electoral se definen funciones básicas como quiénes pueden votar, quiénes ser votados, de cuántos votos dispone cada elector, cómo pueden y deben desarrollarse las campañas de propaganda y difusión electoral, cuántos representantes se eligen en cada demarcación electoral, cómo se determinan y delimitan los distritos y secciones electorales, quiénes y cómo deben encargarse de organizar los comicios, cómo deben emitirse y contarse los sufragios, cuántas vueltas electorales pueden y/o deben realizarse para determinar al triunfador, cómo se resuelven los conflictos postelectorales, entre otras.

Los tipos de sistemas electorales más característicos son:

1) Mayoritario, basado en el principio según el cual la voluntad de la mayoría de los electores es la única que debe contar en la asignación de puestos de representación política. La mayoría requerida puede ser simple o relativa o bien absoluta o diversamente calificada.

2) Proporcionales, que históricamente aparecen con la democracia de masas y la extensión del sufragio universal. Este sistema pretende dar espacio a todas las necesidades e intereses de la sociedad y garantizar la igualdad del voto al otorgar a todos los electores el mismo peso prescindiendo de la preferencia expresada determinando una cuota o cociente respecto del total de los votos; es decir, los puestos se obtienen de acuerdo con los cocientes obtenidos de voto. La proporcionalidad se desarrolla en función de dos formas básicas: 1) voto individual, por medio de la cual los electores votan por su representante favorito y también elige a su segunda o tercera opción; y 2) a través de listas, las cuales pueden ser rígidas (son definidas por los partidos), semi libres (donde el elector sugiere modificaciones al orden de preferencia previamente designada) o libres (donde el elector puede hacer su propia lista de nombres), y,

3) Derivados y mixtos: son sistemas que mantienen la esencia de los mayoritarios pero incorporan elementos para dar espacio a la representación de las minorías.

En México, el sistema electoral define que el Presidente de la República se elige por el principio de mayoría relativa; 300 diputados por mayoritaria relativa, mediante el sistema de distritos electorales uninominales, y 200 diputados que serán electos según el principio de representación proporcional, mediante el sistema de listas regionales votadas en circunscripciones plurinominales. En el Senado, dos serán electos según el principio de votación mayoritaria relativa y uno será asignado a la primera minoría. Los 32 senadores restantes serán elegidos por el principio de representación proporcional, votados en una sola circunscripción plurinominal nacional.
 
 Fuente(s):
  • Arts. del 12 al 14 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
  • Arts. 41, del 52 al 54, 56, 60, 63, 76, 77, 84, 115, 116 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
  • Bobbio, Norberto. Diccionario de política, 13° edición, 2 tomos, Ed. Siglo XXI, México, 2002. Pp. 1477- 1482.
  • Valdés, Leonardo. “Sistemas electorales y de partidos” en Cuadernos de Divulgación de la Cultura Democrática, IFE, no. 7, México, 1996. p. 10.