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| Texto detallado del contenido de asuntos legislativos |
| Denominación |
| Con proyecto de decreto que reforma la Ley de Seguridad Nacional. |
Objeto |
| La iniciativa propone crear la figura jurídica denominada -Declaración de Existencia de una Afectación a la Seguridad Interior- a fin de permitir la participación de las fuerzas armadas y otras instancias de seguridad del Estado para enfrentar eventos que afecten la seguridad interior como la sublevación en una entidad federativa, agresiones contra autoridades del Consejo Nacional de Seguridad o actos que pongan en peligro el orden, la paz o la seguridad pública de un municipio, estado o región.
Se establece que la declaratoria procederá cuando se presente cualquier situación que, de no atenderse de inmediato, pueda derivar en una perturbación grave del orden o de la paz pública o ponga a la sociedad en grave peligro y conflicto, pero en ningún caso implique la suspensión de garantías individuales por parte de la autoridad. Se establece que la solicitud debe ser sustanciada por el Consejo Nacional de Seguridad Nacional quien integrará el expediente tomando la opinión de la Comisión Bicamaral del Congreso de la Unión. En dicho expediente se establecerá la situación de que se trate, región geográfica afectada, medidas a instrumentar, temporalidad, institución responsable y autoridades que colaborarán. La vigencia de la declaratoria podrá prorrogarse mientras subsistan las causas que le dieron origen, o modificarse, y nunca podrá ser por tiempo indefinido. Del mismo modo, cuando desparezca la situación que motivó la declaratoria, el Ejecutivo Federal hará del conocimiento de la sociedad su conclusión. |
Observaciones |
| Para ello reforma y adiciona los artículos 1, 3, 4, 5, 6, 7, 10, 13, 14, 15, 18, 19, 32 bis, 33, 35, 38, 44, 46, 51, 53, 57, 57 bis y del 68 a 81 de la citada ley. |
Fecha de publicación en Gaceta Parlamentaria: |
| 23/04/2009 |
Archivo Adjunto |
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