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Texto detallado del contenido de asuntos legislativos


Denominación
Que adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, para incorporar el concepto de Inteligencia Artificial como el conjunto de capacidades cognoscitivas e intelectuales expresadas por sistemas informáticos o combinaciones.

Objeto
La iniciativa tiene por objeto regular la inteligencia artificial en campañas electorales. Para ello propone: 1) definir la inteligencia artificial como el conjunto de capacidades cognoscitivas e intelectuales expresadas por sistemas informáticos o combinaciones de algoritmos cuyo propósito es la creación de máquinas que imiten la inteligencia humana para realizar tareas; y, 2) determinar que el mal uso de la inteligencia artificial en campaña o precampaña según sea el caso, con el propósito de difundir información falsa, desinformación, suplantación de identidad o cualquier otra actividad que pueda distorsionar el proceso electoral constituirán infracciones de los partidos políticos, de las agrupaciones políticas, de los aspirantes, precandidatos, candidatos, candidatos independientes a cargos de elección popular y de los ciudadanos, de los dirigentes y afiliados a partidos políticos.

Para tal fin modifica los artículos 3, 442, 443, 444, 445, 446 y 447 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

Fecha de publicación en Gaceta Parlamentaria:
22/11/2023

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