SIL SEGOB

Texto detallado del contenido de asuntos legislativos


Denominación
Que adiciona el artículo 99 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Objeto
La iniciativa tiene por objeto delimitar la jurisdicción del Tribunal Electoral. Para ello propone: 1) determinar que al Tribunal Electoral le corresponde resolver en forma definitiva e inatacable exclusivamente de las controversias que se susciten por normas generales, actos, resoluciones u omisiones regulados por leyes electorales; 2) establecer que las controversias que se deriven de actos, resoluciones u omisiones regulados por leyes diversas a las electorales, se tramitarán y decidirán conforme a la legislación de su especie, y en ningún caso el Tribunal Electoral podrá conocer ni resolver de ellas; y, 3) especificar que las salas del Tribunal Electoral dictarán sus resoluciones preferentemente conforme a la letra de la ley y, en su caso, de acuerdo con su interpretación o con base en los principios jurídicos aplicables, en las hipótesis previstas en las leyes electorales.

Fecha de publicación en Gaceta Parlamentaria:
27/10/2022

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