SIL SEGOB

Texto detallado del contenido de asuntos legislativos


Denominación
Que adiciona el artículo 25 de la Ley General de Partidos Políticos.

Objeto
La iniciativa tiene por objeto garantizar que los candidatos a cargos públicos no tengan antecedentes por violencia. Para ello propone indicar que será obligación de los partidos políticos el abstenerse de postular a cargos de elección popular a simpatizantes, afiliados y/o militantes, o cualquier persona ciudadana que hayan sido condenados o sancionados mediante resolución firme por violencia familiar y/o doméstica, o cualquier agresión de género en el ámbito privado o público; por delitos sexuales, contra la libertad sexual o la intimidad corporal; por ser deudor alimentario o moroso que atente contra las obligaciones alimentarias; hasta en tanto no medie resolución firme que le absuelva.

Observaciones
Suscrita por la Dip. Joanna Alejandra Felipe Torres (PAN) y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Fecha de publicación en Gaceta Parlamentaria:
08/11/2022

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