SIL SEGOB

Texto detallado del contenido de asuntos legislativos


Denominación
Que reforma y adiciona el artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Objeto
La iniciativa tiene por objeto observar que las sanciones a los partidos políticos con registro local se cobrarán mediante su financiamiento público otorgado por la entidad federativa. Para ello propone: 1) determinar que los criterios de interpretación y aplicación de la norma en la imposición de sanciones por concepto de fiscalización de las finanzas de los partidos políticos y de las campañas de los candidatos deben ser de aplicación estricta de la ley o reglamento correspondiente; 2) señalar que las sanciones aplicadas a los partidos políticos nacionales con registro local deberán ser cobradas exclusivamente a estos mediante su financiamiento público otorgado por la entidad federativa de que se trate; y, 3) contemplar que en caso de no contar con dicho financiamiento, la sanción no podrá trasladarse al partido político con registro nacional.

Fecha de publicación en Gaceta Parlamentaria:
29/11/2022

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