SIL SEGOB

Texto detallado del contenido de asuntos legislativos


Denominación
Que reforma el artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para establecer el criterio de no interrupción de la residencia efectiva de los originarios de los estados que aspiran a ser gobernadores constitucionales.

Objeto
La iniciativa tiene por objeto establecer que la residencia efectiva en una entidad federativa, como requisito para ser gobernador constitucional, no se perderá ni interrumpirá para los originarios del estado que se ausenten en el desempeño de cargos públicos de elección popular o como funcionarios del orden federal.

Fecha de publicación en Gaceta Parlamentaria:
23/04/2024

Archivo Adjunto
Ver archivo
Ver archivo
(179.2 KB)