SIL SEGOB

Texto detallado del contenido de asuntos legislativos


Denominación
Que reforma los artículos 108, 110, 111, 116 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Objeto
La iniciativa tiene por objeto desaparecer a los Consejos de la Judicatura Locales. Para ello propone: 1) establecer que el Poder Judicial de las entidades federativas se ejercerá por los tribunales que establezcan las constituciones respectivas, la administración, disciplina, vigilancia y la carrera judicial se ejercerá por sus respectivos Tribunales Superiores de Justicia, en los términos que al efecto establezcan las constituciones y las leyes orgánicas de las entidades; y, 2) especificar que la investigación, substanciación y sanción de las responsabilidades administrativas de los miembros del Poder Judicial, corresponderá al Tribunal Superior de Justicia en los términos que al efecto establezca la ley, sin perjuicio de las atribuciones de la entidad de fiscalización sobre el manejo, la custodia y aplicación de recursos públicos.

Fecha de publicación en Gaceta Parlamentaria:
26/06/2019

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