| Aspectos Relevantes |
La iniciativa tiene por objeto implementar acciones afirmativas en pro de la capacitación, promoción y desarrollo del liderazgo de las mujeres en materia política y el fortalecimiento de medidas de transparencia para su ejecución. Para ello propone: 1) considerar como información pública de los partidos la relativa al uso de los recursos destinados y aplicados para los programas de capacitación, promoción y desarrollo de liderazgo político de las mujeres; 2) aumentar de 3 a 8 por ciento los recursos destinados anualmente para la capacitación, promoción y el desarrollo del liderazgo político de las mujeres; 3) plasmar que se considerarán infracciones a los partidos políticos el incumplimiento de destinar, ejecutar y transparentar el porcentaje establecido dentro de la ley, para la capacitación, promoción y desarrollo del liderazgo político de las mujeres; y, 4) sancionar a los partidos políticos con la reducción de hasta un 50 por ciento de las ministraciones de financiamiento público que le corresponda, por no destinar, mala ejecución o nula transparencia de los recursos otorgados.
Para tal fin modifica los artículos 30 y 51 de la Ley General de Partidos Políticos; 32, 443 y 456 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; y, 76 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. |