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Reporte de Seguimiento de Asuntos Legislativos



Cámara Origen Cámara de Senadores
Fecha de Presentación 11/12/2024
Legislatura LXVI
Año I
Periodo de sesiones 1er Ordinario
Acuerdo parlamentario Acuerdo con relación al proceso electoral extraordinario 2024-2025, respecto a la elección de personas juzgadoras del Poder Judicial de la Federación.
Presentador Órgano de Gobierno:
Mesa Directiva Cámara de Senadores LXVI Año I (29/08/2024-31/08/2025)
Aspectos Relevantes La Mesa Directiva de la Cámara de Senadores, con fundamento en los artículos 77, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 66 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 1, numeral 2, y 275 del Reglamento del Senado de la República, así como en el Segundo Transitorio del Decreto de reforma al Poder Judicial de la Federación publicado el 15 de septiembre de 2024, somete a la consideración del Pleno el siguiente acuerdo: 1) El Senado de la República determina que las personas juzgadoras, con independencia de que carezcan de adscripción, adscritas interinamente, sin titularidad de plaza, o encargadas de despacho, que estén en funciones de juezas o jueces, magistradas o magistrados en algún juzgado de distrito o tribunal colegiado de circuito, cuyas plazas hayan sido insaculadas y así lo solicitaron, serán incorporadas al listado de candidaturas por pase directo para participar en el Proceso Electoral Extraordinario 2024-2025. La manifestación de la persona juzgadora de ser incorporada a la boleta deberá ser remitida a más tardar el 4 de enero del 2025 ante el Senado de la República. 2) Aquellos casos que se recibieron hasta la publicación del presente Acuerdo en los que las personas titulares de los cargos que fueron seleccionados en el proceso de insaculación realizado por la Cámara el 12 de octubre de 2024, hayan demostrado la existencia de circunstancias especiales de salud o de fuerza mayor ante el Senado de la República; el Consejo de la Judicatura Federal o, en su caso, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, determinará la viabilidad de adjudicar una vacante no insaculada, a fin de diferir la elección del cargo en el cual se desempeñan bajo distintas modalidades, para llevarse a cabo en el Proceso Electoral Ordinario de 2027. 3) Respecto de las personas juzgadoras que han manifestado su intención de cambiar de concurso de elección del año 2025 al 2027, así como adelantar su proceso del año 2027 al 2025, deberán sujetarse al proceso de insaculación llevado a cabo en esta Cámara el 12 de octubre de 2024. 4) En relación con los listados de personas juzgadoras remitidos por el Consejo de la Judicatura Federal, que ante esa instancia hayan declinado o, en su caso, se hayan desistido de su declinación, dichas personas deberán ratificar su decisión ante este Órgano Legislativo. Esta ratificación será requisito indispensable para su incorporación a los listados correspondientes del Proceso Electoral Extraordinario 2024-2025, garantizando así certeza y transparencia en el procedimiento de selección. Asimismo, para quienes manifestaron su intención de participar por un distrito, circuito o cargo diverso, será exigible la ratificación en los mismos términos establecidos en los párrafos anteriores.
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Último Estatus Publicado en DOF
Aprobado
13/12/2024

Cronología del Asunto
No. Estatus Fecha
1 Presentado en origen 11/12/2024
2 Aprobado en origen 11/12/2024
3 Enviado para publicación en DOF 11/12/2024
4 Publicado en DOF 13/12/2024
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