Respuestas de instancias en el Pleno |
Al punto de acuerdo aprobado por el Senado de la República relativo a establecer protocolos que aseguren que las candidaturas que se otorguen a personas con discapacidad, indígenas, afromexicanas y de diversidad sexual, no sean usurpadas por personas que simulen pertenecer a estos grupos vulnerables. |
Aspectos Relevantes |
El Instituto Estatal Electoral de Baja California, informa que, se ha encargado de velar por la transparencia en todos sus ámbitos, por ello derivado de la emisión de la nueva Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Baja California Sur, misma que integró de manera puntual a personas indígenas, afromexicanas, con discapacidad, jóvenes y de la diversidad sexual, del Reglamento para el Registro de candidaturas a cargos de elección popular, de los lineamientos que determinan los criterios aplicables para el cumplimiento de la paridad e inclusión en las postulaciones e integración del Congreso y Ayuntamientos del Estado de Baja California Sur y del resultado de la Consulta previa, -libre e informada a personas, pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas asentadas en el Estado de Baja California Sur, este Instituto impulsó lo siguiente:
Artículo 21. En atención a los artículos 13, 46, incisos a), b) c) y e), así como Cuarto Transitorio del Reglamento, para la validación del cumplimiento de las postulaciones de los grupos prioritarios se deberá atender de manera obligatoria los siguientes requisitos:
l. Personas Indígenas: Para autoadscripción calificada se deberá atender a lo siguiente:
Escrito de manifestación bajo protesta de decir verdad de la persona que se autoreconozca como una persona indígena.
Entre los elementos que deberá reunir una persona para ser candidata para la acción afirmativa indígena, se encuentran los siguientes:
a) Ser descendiente de personas indígenas;
b) Haber desempeñado algún cargo tradicional en la comunidad;
c) Haberse desempeñado como representante de la comunidad;
d) Haber participado activamente en beneficio de la comunidad;
e) Haber demostrado su compromiso con la comunidad;
f) Haber prestado servicio comunitario;
g) Haber participado en reuniones de trabajo tendentes a mejorar las instituciones o resolver conflictos en la comunidad y
h) Haber sido miembro de alguna asociación indígena para mejorar o conservar sus instituciones. |