| Aspectos Relevantes |
La Cámara de Senadores aprueba establecer el marco constitucional en materia de simplificación administrativa y digitalización.
Entre lo propuesto destaca: 1) facultar al Congreso para expedir la ley nacional que establezca los principios y obligaciones en dicha materia, impulsando las buenas prácticas regulatorias, el desarrollo y el fortalecimiento de capacidades tecnológicas públicas; 2) fortalecer la atención ciudadana mediante la expedición de las leyes correspondientes fomentando la interacción directa entre las instituciones públicas y la ciudadanía a través del uso de plataformas digitales; 3) garantizar que el uso de las TIC sirva como motor para el desarrollo y bienestar de las personas y grupos humanos con perspectiva económica y social; 4) realizar acciones para garantizar infraestructura e inversión tecnológica fomentando una cultura de inclusión y transparencia; y, 5) optimizar y simplificar los proceso administrativos de gestión pública mediante la digitalización así como la adopción de buenas prácticas regulatorias.
En su régimen transitorio destaca que en un plazo que no excederá de noventa días naturales siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto, el Congreso de la Unión expedirá la legislación a que se refiere el artículo 73, fracción XXXIX-Y, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y, puntualiza que la Ley nacional deberá contener al menos: un modelo nacional de simplificación y digitalización de trámites y servicios; establecer la autoridad nacional en materia de simplificación administrativa y digitalización de trámites y servicios, buenas prácticas regulatorias, desarrollo y fortalecimiento de capacidades tecnológicas y públicas y, prever herramientas de simplificación y digitalización de trámites y servicios. |