| Aspectos Relevantes |
La iniciativa tiene por objeto garantizar que todas las personas, independientemente de su género, condición socioeconómica o ubicación geográfica, puedan ejercer su derecho a una vivienda digna. Entre lo propuesto destaca: 1) definir Vivienda con Orientación Social a las viviendas diseñadas para ser accesibles a personas y familias trabajadoras de bajos ingresos, cumpliendo con los estándares de calidad, seguridad y habitabilidad establecidos en la normativa vigente; 2) establecer que las entidades financieras deberán facilitar el acceso a créditos garantizados a personas físicas, especialmente a trabajadores con menores ingresos, mediante: a) la oferta de tasas de interés preferenciales para la adquisición de vivienda de orientación social, así como los materiales construcción para su mejora; b) la simplificación de requisitos y trámites para la obtención del crédito, reduciendo barreras de entrada y costos administrativos; 3) determinar que la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, en coordinación con el Infonavit, deberá establecer un sistema de monitoreo y auditoría específico para los créditos destinados a la adquisición de vivienda de orientación social, asegurando la transparencia en su asignación, uso y manejo; y, 4) el Infonavit en coordinación con los gobiernos estatales y municipales, fomentará la creación de Manzanas del Cuidado en los desarrollos habitacionales de orientación social.
Para tal fin modifica los artículos 3, 5 Bis y 19 Ter de la Ley de Transparencia y Fomento a la Competencia en el Crédito Garantizado; 3, 4, 4 Bis, 5, 25 Bis 1, 42, 47, 66 Bis y 69 de la Ley del Infonavit; y, 4, 5, 6, 7, 8, 13, 17, 19, 34, 42, 65, 66, 73, 82, 85 y 95 Bis de la Ley de Vivienda. |