| Aspectos Relevantes |
La iniciativa tiene por objeto establecer que los planes y programas de desarrollo urbano en los tres órdenes de gobierno garanticen, de forma obligatoria y progresiva, espacios públicos verdes y deportivos seguros, accesibles e inclusivos.
Entre lo propuesto destaca que los planes y programas de desarrollo urbano de los tres órdenes de gobierno deberán establecer medidas específicas para garantizar la disponibilidad, accesibilidad y seguridad de espacios públicos verdes y deportivos, de conformidad con los siguientes principios: i) se deberá establecer una meta progresiva de al menos 9 metros cuadrados de áreas verdes y deportivas por habitante, conforme a las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud, atendiendo a las condiciones geográficas y presupuestales de cada región; ii) estas áreas deberán cumplir con los siguientes requisitos: a) accesibilidad universal, conforme a la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad y la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SEDATU-2021, incluyendo señalización táctil, rampas, mobiliario adaptado y libre tránsito; b) seguridad, mediante alumbrado adecuado, mantenimiento regular, infraestructura segura y vigilancia preventiva, para promover el uso ciudadano con confianza; y, c) supervisión y transparencia, a través de auditorías anuales realizadas por las autoridades estatales y municipales, cuyos resultados deberán ser publicados en plataformas digitales de libre acceso; y, iii) la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano emitirá los lineamientos técnicos que orienten la implementación y evaluación de esta disposición, en coordinación con las entidades federativas y municipios. |