| Aspectos Relevantes |
La iniciativa tiene por objeto incorporar preceptos en materia de notificación de las autoridades a las asociaciones de colonos o a vecinos colindantes sobre los proyectos de construcción de fraccionamientos, condominios o conjuntos urbanos. Para tal fin se adiciona en la legislación que: 1) de acuerdo con el principio de transparencia y a la normatividad aplicable, las autoridades municipales, en el ámbito de su competencia, establecerán mecanismos para que los vecinos colindantes tengan acceso a la documentación correspondiente a las obras de construcción autorizadas en su etapa inicial y durante su ejecución, con el objetivo de analizar e identificar posibles irregularidades y facilitar el ejercicio de acciones legales, que se estimen convenientes bajo la normatividad aplicable; y, 2) las entidades federativas y los municipios, en el ámbito de su legislación local, podrán establecer mecanismos para que, en los casos de construcción de fraccionamientos, condominios o conjuntos urbanos, se notifique previamente a las asociaciones de colonos o, en su caso, a vecinos colindantes, a través de medios fehacientes, sobre los alcances del proyecto correspondiente. La ausencia de una asociación de colonos no impedirá la aplicación de dichas medidas, pudiendo sustituirse por notificación a un número representativo de residentes conforme lo determine la legislación local.
Para ello modifica los artículos 95 Bis y 95 Ter a la Ley General de
Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano. |