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Reporte de Seguimiento de Asuntos Legislativos



Cámara Origen Cámara de Diputados
Cámara Revisora Cámara de Senadores
Fecha de Presentación 13/08/2025
Legislatura LXVI
Año I
Periodo de sesiones 2do Receso
Iniciativa Que reforma el artículo 43 de la Ley de Planeación y Transición Energética.
Presentador Dip. Oscar Bautista Villegas (PVEM)
Aspectos Relevantes La iniciativa tiene por objeto garantizar recursos para integrar el Fondo para la Transición Energética y el Aprovechamiento Sustentable de la Energía. Para ello propone: 1) prever que la Sener, en coordinación con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, administrará y coordinará el Fondo para la Transición Energética y el Aprovechamiento Sustentable de la Energía, el cual será de carácter obligatorio y tendrá por objeto captar y canalizar recursos financieros públicos y privados, nacionales o internacionales, para instrumentar acciones que contribuyan al cumplimiento de la Estrategia Nacional de Transición Energética; 2) señalar que el patrimonio del Fondo se actualizará anualmente conforme a la variación del Índice Nacional de Precios al Consumidor y no podrá ser inferior al 0.5% del PEF aprobado para el ejercicio fiscal correspondiente, 3) indicar que el Fondo podrá integrarse, adicionalmente, con donativos, esquemas de coinversión público-privada y otros mecanismos de financiamiento nacional o internacional; 4) plantear que la asignación y distribución de los recursos deberán priorizar la instalación de tecnologías limpias en hospitales, escuelas y centros comunitarios, conforme a las reglas de operación que emita la Sener, en coordinación con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, privilegiando criterios de eficiencia energética, impacto social y resiliencia comunitaria; 5) precisar que la Sener, en coordinación con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, presentará un informe anual detallado al Congreso de la Unión sobre el uso, destino y resultados de los recursos del Fondo, el cual será revisado por la Auditoría Superior de la Federación y deberá hacerse público mediante su publicación en una plataforma digital accesible, dentro de los sesenta días naturales siguientes a su presentación; y, 6) añadir que un Comité Técnico Interinstitucional, integrado de conformidad con las disposiciones que al efecto se establezcan, definirá los criterios de asignación, supervisará la ejecución de los recursos del Fondo y promoverá la transparencia y la participación ciudadana en su gestión.
Último Trámite Se turnó a Comisión (es): Energía de Cámara de Diputados. Dictamina. El turno se publicó en la Gaceta Parlamentaria de la Comisión Permanente del 13 de agosto de 2025, por acuerdo de la Mesa Directiva.
Último Estatus Pendiente en comisión(es) de origen
Pendiente
13/08/2025

Cronología del Asunto
No. Estatus Fecha
1 Presentado en origen 13/08/2025
2 Pendiente en comisión(es) de origen 13/08/2025
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