Aspectos Relevantes |
La Junta de Coordinación Política somete a la consideración del Pleno el siguiente acuerdo:
Primero. Toda vez que aún no se genera el consenso requerido para alcanzar la mayoría calificada que establece la normatividad en la materia, para asegurar el ejercicio de las funciones constitucionales de la Cámara de Diputados, y en tanto se logran los entendimientos necesarios para la integración y elección de la Mesa Directiva para el segundo año de ejercicio de la LXVI Legislatura, se estará a lo que dispone la segunda porción del numeral 7 del artículo 17 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, que a la letra dice: -el proceso será conducido por los integrantes de la Mesa Directiva que concluye su ejercicio, y si en dicha sesión no se alcanza la mayoría calificada requerida, la Mesa Directiva continuará fungiendo hasta el día 05 del siguiente mes con el fin de que se logren los entendimientos necesarios-.
Segundo. Cualquier situación no prevista que se presente será resuelta en consenso por las y los coordinadores de los grupos parlamentarios.
Tercero. Comuníquese y publíquese en la Gaceta Parlamentaria. |