Aspectos Relevantes |
El Órgano de Gobierno somete a consideración del Pleno el acuerdo por el que:
Primero. La Junta de Coordinación Política en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 100, párrafo décimo tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y por el Artículo Segundo Transitorio del -Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reforma del Poder Judicial-, publicado el 15 de septiembre de 2024, propone el nombramiento de la persona integrante del Pleno del Órgano de Administración Judicial.
Segundo. Se somete a la consideración de las y los integrantes de la Cámara de Senadores el nombramiento de la C. Surit Berenice Romero Domínguez, como integrante del Pleno del Órgano de Administración Judicial.
Tercero. La votación de la propuesta se hará de manera nominal para obtener la aprobación de la mayoría calificada de dos tercios de los senadores presentes en la sesión, en apego al artículo 100, párrafo décimo tercero constitucional.
Cuarto. En caso de que la persona candidata propuesta no obtenga la mayoría calificada requerida, se procederá a una segunda votación respecto a la misma propuesta.
Si la persona candidata no reúne la mayoría calificada en esta segunda votación, la Junta de Coordinación Política presentará una nueva propuesta en la misma sesión, para someterse a votación en los términos antes descritos y así sucesivamente hasta que se resuelva la designación.
Quinto. La persona que resulte designada como integrante del Pleno del Órgano de Administración Judicial rendirá la protesta de ley ante el Pleno de la Cámara de Senadores en su sesión del 1 º de septiembre de 2025, en observancia de lo dispuesto en el Artículo Segundo Transitorio del -Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reforma del Poder Judicial-, publicado el 15 de septiembre de 2024.
Sexto. Los casos no previstos, serán resueltos por la Junta de Coordinación Política del Senado de la República. |