| Aspectos Relevantes |
La iniciativa tiene por objeto establecer en las obligaciones y las sanciones que deberán atender las personas empleadoras incluir el salario o rango salarial ofrecido en toda vacante laboral publicada por cualquier medio, sea impresa, digital o a través de intermediarios. Para ello, se considerará esta obligación aplicable a todas las formas de contratación individual, sin distinción de puesto, nivel jerárquico o régimen laboral. Se deberá señalar de forma explícita si corresponde al salario bruto o neto, o bien, especificar ambos. Con ello, determinar que en ningún caso la omisión de esta información podrá ser justificada por razones de confidencialidad, discrecionalidad interna o políticas de la empresa; y, 2) se impondrá multa de 50 a 5000 veces la Unidad de Medida y Actualización, a los patrones que omitan incluir el salario o rango salarial en las vacantes laborales.
Para tal fin modifica los artículos 132 y 994 de la Ley Federal del Trabajo. |