| Aspectos Relevantes |
La iniciativa tiene por objeto erradicar el maltrato de animales domésticos y otras especies, así como establecer los Santuarios de Animales. Entre lo propuesto destaca: 1) definir el término -animales domésticos-; 2) regular la compraventa de especies animales domésticas, así como el sacrificio y la eutanasia de animales; 3) estipular que las entidades federativas, en coordinación con los municipios o en su caso, las alcaldías de la Ciudad de México, deberán establecer la prohibición del maltrato y la crueldad animal, así como expedir las disposiciones y mecanismos para sancionar proporcionalmente dichas conductas; 4) puntualizar que las entidades federativas que cumplan con los requisitos establecidos podrán obtener la denominación de -Santuario de Animales-; 5) referir que el procedimiento para el reconocimiento, verificación y, en su caso, revocación de la denominación de Santuario de Animales, se establecerá en el Reglamento que para tal efecto emita la Secretaría; 6) plantear los requisitos que deberán cumplir las asociaciones civiles que operen refugios, santuarios o centros de atención a animales; y, 7) establecer las sanciones por las violaciones a los preceptos de compraventa de animales domésticos, sacrificio injustificado de animales y por incumplimiento en la administración y transparencia de asociaciones civiles, las cuales serán aplicadas por la Secretaría.
Para tal fin modifica los artículos 3, 79, 87 Bis 2, 87 Bis 3, 87 Bis 4 y 171 Bis de la Ley. |