| Aspectos Relevantes |
La iniciativa tiene por objeto garantizar el bienestar de animales domésticos y otras especies y tipificar el delito de crueldad y sacrificio injustificado de animales domésticos. Entre lo propuesto destaca: 1) definir el término -animales domésticos-; 2) regular la compraventa de especies animales domésticas, así como el sacrificio y la eutanasia de animales; 3) estipular que las entidades federativas, en coordinación con los municipios o en su caso, las alcaldías de la Ciudad de México, deberán establecer la prohibición del maltrato y la crueldad animal, así como expedir las disposiciones y mecanismos para sancionar proporcionalmente dichas conductas; 4) puntualizar que las entidades federativas que cumplan con los requisitos establecidos podrán obtener la denominación de -Santuario de Animales-; 5) referir que el procedimiento para el reconocimiento, verificación y, en su caso, revocación de la denominación de Santuario de Animales, el cual establecerá la Secretaría; 6) plantear los requisitos que deberán cumplir las asociaciones civiles que operen refugios, santuarios o centros de atención a animales; 7) establecer las sanciones por las violaciones a los preceptos de compraventa de animales domésticos, sacrificio injustificado de animales y por incumplimiento en la administración y transparencia de asociaciones civiles, las cuales serán aplicadas por la Secretaría; y, 8) imponer las sanciones a quien cometa actos de crueldad o sacrificio injustificado de animales domésticos.
Para tal fin modifica los artículos 3, 79, 87 BIS 2., 87 BIS 3., 87 BIS 4. y 171 Bis. de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; y, 423 Bis., 423 Ter., 423 Quáter el Código Penal Federal. |