| Cámara Origen |
Cámara de Diputados |
| Cámara Revisora |
Cámara de Senadores |
| Fecha de Presentación |
10/12/2025 |
| Legislatura |
LXVI |
| Año |
II |
| Periodo de sesiones |
1er Ordinario |
| Iniciativa |
Que adiciona el artículo 47 Bis, a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, con el objeto dotar de mayores elementos de información a los usuarios de autotransporte federal de pasaje. |
| Presentador |
Dip. Alma Manuela Higuera Esquer (Morena) |
| Aspectos Relevantes |
La iniciativa tiene por objeto ampliar los derechos de las y los usuarios del servicio de autotransporte de pasajeros en materia de transparencia, capacidad de equipaje y reembolsos por retrasos o adquisición de boletos con anterioridad, con fines de ajustes tarifarios. Para ello propone obligar a las empresas que prestan el servicio de autotransporte de pasajeros a: 1) prestar los servicios que ampara el boleto de viajero, en los términos y condiciones que correspondan a la clase de servicio, además de mostrar el nombre o los nombres de los conductores asignados a la ruta del servicio que corresponda; 2) permitir a las y los usuarios conservar en su poder los bultos que por su volumen y naturaleza se puedan llevar a bordo, siempre y cuando no ocasionen molestias al pasaje ni pongan en riesgo su seguridad; 3) admitir en el mismo vehículo, por concepto de equipaje y libre de porte por cada boleto, un máximo de veinticinco kilogramos; 4) entregar un comprobante que ampare el equipaje; 5) reembolsar el importe del boleto adquirido por un retraso mayor a dos horas en el origen del recorrido; y, 6) no aplicar ajuste alguno a los boletos adquiridos con anterioridad, a un incremento tarifario. |
| Último Trámite |
Se turnó a Comisión (es): Comunicaciones y Transportes de Cámara de Diputados. Dictamina. El turno se publicó en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados del 10 de diciembre de 2025 por acuerdo de la Mesa Directiva. |
| Último Estatus |
Pendiente en comisión(es) de origen Pendiente 10/12/2025 |