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Reporte de Seguimiento de Asuntos Legislativos



Cámara Origen Cámara de Diputados
Cámara Revisora Cámara de Senadores
Fecha de Presentación 14/01/2026
Legislatura LXVI
Año II
Periodo de sesiones 1er Receso
Iniciativa Que expide la Ley General del Notariado.
Presentador Dip. Oscar Bautista Villegas (PVEM)
Aspectos Relevantes La iniciativa tiene por objeto regular la función notarial. Entre lo propuesto destaca: 1) puntualizar que la aplicación de la legislación en la materia corresponderá al Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Gobernación (Segob), a las y los gobernadores, a la o el jefe de Gobierno y a las secretarías de Gobierno de las entidades federativas; 2) referir que el Estado ejercerá la fe pública a través de las y los servidores públicos o particulares a quienes se delegue; 3) considerar a la o el notario como el profesional del derecho investido de fe pública por el Estado para interpretar, redactar y dar forma legal a la voluntad de las partes, conferirle autenticidad y garantizar certeza jurídica mediante instrumentos públicos; 4) establecer los requisitos para obtener la patente de aspirante a notario y de notario público; 5) estipular diversas disposiciones sobre actuación notarial, sellos, protocolos, escrituras, actas y testimonio; 6) definir al función notarial como la actividad de orden público que corresponde al Estado, a través del titular del Poder Ejecutivo Federal, quien podrá delegar su ejercicio a los gobiernos de las entidades federativas mediante la expedición de la patente de notario y se regirá por los principios de rogación, profesionalismo, imparcialidad, legalidad y autonomía, y deberá integrarse al Sistema Informático, para garantizar su trazabilidad y validez nacional; 7) determinar lineamientos en materia de suplencia, asociación, separación, suspensión y terminación de funciones; asimismo sobre régimen de responsabilidades, vigilancia y sanciones; 8) plantear las responsabilidades y sanciones por los delitos o faltas cometidos en el ejercicio de la función notarial; 9) establecer las instituciones que Integrarán la Función Notarial; 10) especificar las atribuciones del Colegio Nacional del Notariado Mexicano y los colegios de notarios de las entidades federativas; 11) constituir al Decanato del Notariado y puntualizar sus funciones honoríficas; y, 12) referir que las legislaturas de las entidades federativas establecerán los aranceles notariales conforme a criterios de equidad, proporcionalidad y transparencia, atendiendo a sus condiciones locales; y, la Segob, en coordinación con las entidades federativas, emitirá un arancel nacional orientador y lineamientos técnicos basados en estudios económicos y de cobertura realizados por instituciones como el INEGI, el IMCO o la COFECE, con el fin de fomentar la armonización nacional, sin menoscabo de la competencia constitucional local.
Último Trámite Se turnó a Comisión (es): Presupuesto y Cuenta Pública de Cámara de Diputados. Dictamina. El turno se publicó en la Gaceta Parlamentaria de la Comisión Permanente del 14 de enero de 2026, por acuerdo de la Mesa Directiva.
Último Estatus Pendiente en comisión(es) de origen
Pendiente
14/01/2026

Cronología del Asunto
No. Estatus Fecha
1 Presentado en origen 14/01/2026
2 Pendiente en comisión(es) de origen 14/01/2026
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