| Aspectos Relevantes |
Las y los legisladores proponen exhortar: 1) a la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México -FGJCDMX- para que remita a esta Soberanía un informe público sobre la carpetas de investigación relacionadas con el Refugio Franciscano, precisando la fecha de inicio -reportada a partir de denuncias desde diciembre de 2025-, las diligencias realizadas, el fundamento del cateo/aseguramiento, y el estado procesal actual de las investigaciones; 2) a la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México -SSC- a que informe sobre el operativo implementado en el predio, incluyendo el número de elementos participantes, las áreas que intervinieron —incluida la Brigada de Vigilancia Animal BVA-, los protocolos de actuación utilizados para el retiro y traslado de animales, y las medidas adoptadas para salvaguardar la integridad de manifestantes y personal involucrado; 3) a la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial -PAOT- a que rinda un informe sobre su participación, las inspecciones o valoraciones realizadas, las determinaciones emitidas respecto a condiciones de bienestar animal y habitabilidad del sitio, y las acciones de seguimiento que se llevarán a cabo para verificar el resguardo y la atención de la totalidad de animales trasladados; 4) a la Alcaldía Cuajimalpa de Morelos a que informe sobre las actuaciones administrativas locales relacionadas con el predio y, en su caso, las gestiones de coordinación para reubicación, apoyo logístico o vinculación con organizaciones, conforme se reportó desde diciembre de 2025, a fin de clarificar el papel de la autoridad territorial en la atención del caso; 5) a la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México a que publique un informe consolidado y actualizado que detalle, por lo menos, el número total de animales rescatados -936-, su clasificación general, el estado clínico -incluyendo el dato reportado de 798 con afectaciones compatibles con maltrato, así como los reportes de fallecimientos y hospitalizaciones-, el lugar de resguardo actual, y el plan de atención veterinaria, rehabilitación y destino final, garantizando trazabilidad y transparencia; y, 6) a las autoridades competentes de la Ciudad de México a que, en el ámbito de sus atribuciones, clarifiquen públicamente el estatus jurídico del predio, incluyendo el alcance de la resolución referida del Juzgado 60 Civil, la situación de la posesión y custodia del inmueble, y las obligaciones de resguardo establecidas en torno a los animales, a fin de evitar desinformación y garantizar certeza a la ciudadanía. |