| Aspectos Relevantes |
La iniciativa tiene por objeto establecer que en los procesos de ingreso, contratación o designación de personas trabajadoras del Estado se expresará de manera clara el monto que recibirá después de aplicadas las deducciones legales correspondientes. Para ello propone: 1) contemplar que en todo proceso de ingreso, contratación o designación de personas trabajadoras al servicio de las dependencias y entidades sujetas al régimen de esta Ley, la remuneración ofrecida deberá expresarse de manera clara y accesible como remuneración neta, es decir, el monto que la persona trabajadora recibirá efectivamente después de aplicadas las deducciones legales correspondientes; 2) señalar que la remuneración neta deberá indicarse en las convocatorias, nombramientos, ofertas de plaza o cualquier otro medio mediante el cual se informe sobre el ingreso al servicio público; 3) indicar que en su caso, podrá señalarse adicionalmente la remuneración bruta y el desglose general de deducciones, siempre que ello no sustituya ni opaque la obligación de informar la remuneración neta; y, 4) añadir que la omisión de esta información no podrá justificarse por criterios administrativos, presupuestarios o de organización interna. |