| Aspectos Relevantes |
El organismo informa que, en referencia a lo dispuesto en los artículos 93, y 95 de la Ley de la Fiscalía General de la República, en los que establece que la persona titular del Órgano Interno de Control (OIC) deberá presentar informes previo y anual de resultados de su gestión a la persona titular de la Fiscalía General, de los cuales deberá copiar a la Cámara de Diputados.
Sobre el particular, se presenta el Informe anual de resultados de gestión del Órgano Interno de Control del año 2025, en el que se reflejan las acciones implementadas por la administración en funciones, mediante las cuales busca consolidar al OIC como una instancia clave en el fortalecimiento institucional, la transparencia, la rendición de cuentas y el combate a la corrupción. en beneficio de la ciudadanía.
La información contenida en el informe de referencia da cuenta de avances enfocados en transitar de una lógica reactiva y fragmentada, hacia una actuación más ejecutiva, articulada y alineada a los principios que rigen la función pública. en congruencia con los compromisos adquiridos por quien firma durante el proceso de selección del Titular de este Órgano Interno de Control. |