| Proposición con punto de acuerdo |
Por el que exhorta a la Secretaría de Educación Pública, en su carácter de autoridad educativa federal y cabeza del Consejo Nacional para la Coordinación de la Educación Superior, a convocar, en el seno de dicho órgano colegiado, a un proceso nacional de consulta y diálogo denominado -Hacia un marco normativo de referencia sobre gobernanza institucional para la educación superior en México-. |
| Aspectos Relevantes |
El legislador propone exhortar a: 1) a la Secretaría de Educación Pública, en su carácter de autoridad educativa federal y cabeza del CONACES a convocar, en el seno de dicho órgano colegiado y en el plazo máximo de 90 días naturales a partir de la aprobación del presente instrumento, a un proceso nacional de consulta y diálogo denominado -Hacia un marco normativo de referencia sobre gobernanza institucional para la Educación Superior en México-, en el que participen las asociaciones y representantes de las IES de todo el país de los distintos subsistemas del Sistema Nacional de Educación Superior, así como académicos especialistas en derecho universitario, gestión institucional y política comparada de educación superior. Para ello deberá incluir la realización de foros regionales, audiencias públicas de carácter técnico con la participación de la ANUIES, la FIMPES, rectores de universidades públicas autónomas y no autónomas, directores de Institutos Tecnológicos y Universidades Tecnológicas, Politécnicas e Interculturales, el Consejo para la Acreditación de la Educación Superior (COPAES), los Comités Interinstitucionales para la Evaluación de la Educación Superior (CIEES), investigadores especializados en gobernanza universitaria y política educativa comparada, y representantes Poder Legislativo, con el propósito de compilar, analizar y generar consensos en torno a los principios que deberían orientar, en su caso, una reforma legislativa que establezca bases generales de gobernanza institucional que incluyan, de forma enunciativa más no limitativa: a) criterios de profesionalización, transparencia y estabilidad de los accesos a la dirección de las IES públicas, b) principios de composición plural y con participación externa calificada de los órganos colegiados superiores de gobierno, c) estándares de relevo generacional y límites de mandato para los titulares de la rectoría o cargo equivalente, d) mecanismos de rendición de cuentas, control interno y transparencia compatibles con la autonomía universitaria, e) la situación de los órganos colegiados de gobierno de las instituciones públicas de educación superior, con información sobre su composición, procedimientos de designación de sus integrantes, duración de los mandatos y presencia o ausencia de participación externa, y f) buenas prácticas de gobernanza institucional, nacionales o internacionales que pudieran servir como referente para el diseño normativo que se busca construir; y establecer que el proceso nacional de consulta, los foros técnicos, el diagnóstico, los esquemas de trabajo y, en su caso, la reforma legislativa en materia de gobernanza institucional, previstos en los resolutivos anteriores, deberán respetar en todo momento la garantía de autonomía universitaria consagrada en la fracción VII del artículo 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y desarrollada en la Ley General de Educación Superior, reconociendo que el marco de referencia sobre gobernanza institucional que se construya a través de este proceso tendrá, en principio, carácter orientador y referencial y que, cualquier eventual reforma legislativa que resulte de este proceso, será sometida al procedimiento de consulta previa libre e informada a la comunidad universitaria que prevé el artículo 2, párrafo tercero, de la Ley General de Educación Superior. |