Reporte de Seguimiento de Asuntos Legislativos | |
Cámara Origen | Cámara de Senadores |
Cámara Revisora | Cámara de Diputados |
Fecha de Presentación | 14/12/2021 |
Legislatura | LXV |
Año | I |
Periodo de sesiones | 1° Ordinario |
Iniciativa | Que reforma diversos artículos de la Ley General de Salud. |
Presentador |
Sen. Susana Harp Iturribarría (Morena) |
Aspectos Relevantes | La iniciativa tiene por objeto promover el reconocimiento, protección y respeto de los conocimientos y prácticas de las parteras tradicionales. Entre lo propuesto destaca: 1) determinar que el derecho a la protección de la salud tiene como finalidad el reconocimiento, protección y respeto a los métodos, prácticas, recursos curativos, personas portadoras de saberes y demás elementos que conforman las medicinas tradicionales de los pueblos y comunidades indígenas, afromexicanas y equiparables; 2) promover el reconocimiento, protección y respeto a las medicinas tradicionales, incluidos los conocimientos y prácticas de las parteras tradicionales, en un marco de dignidad, libre determinación y autonomía de los pueblos y comunidades señaladas; 3) reconocer el derecho de todas las mujeres embarazadas a elegir la atención de parteras tradicionales, con pleno respeto a su cultura; 4) señalar que las autoridades sanitarias competentes establecerán acciones para respetar, garantizar y proteger el ejercicio de las parteras tradicionales, en condiciones de dignidad y acorde con sus métodos y prácticas curativas, así como el uso de sus recursos bioculturales; 5) establecer que las parteras tradicionales de los pueblos y comunidades indígenas, afromexicanas y equiparables, expedirán certificados equivalentes, en formatos de la mayor sencillez, con lenguaje adecuado a su cultura e identidad y sin necesidad de consignar hechos o datos ajenos al hecho de parir; y, 6) puntualizar que el certificado de nacimiento emitido por las parteras tradicionales queda exento de los requisitos de formato y distribución establecidos. Para tal fin modifica los artículos 2, 6, 13, 61 Bis, 64, 83, 93, 389 Bis, 389 Bis 1 y 392 de la Ley General de Salud. |
Observaciones | Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 95, numeral 2, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple la declaratoria de publicidad, a efecto de que la minuta se presente ante el pleno para su discusión y votación, en la sesión del 6 de diciembre del 2023. |
Último Trámite |
Túrnese a comisiones unidas: Estudios Legislativos, Segunda de Cámara de Senadores. Dictamina. El turno se publicó en Gaceta del Senado del 14 de diciembre de 2021. Ver todos los trámites |
Último Estatus |
PUBLICADO EN D.O.F. Aprobado 26/03/2024 |
Cronología del Asunto |
No. | Estatus | Fecha |
1 | PRESENTADO EN ORIGEN | 14/12/2021 |
2 | PENDIENTE EN COMISION(ES) DE ORIGEN | 14/12/2021 |
3 | APROBADO EN COMISION(ES) ORIGEN | 01/03/2023 |
4 | DICTAMEN PRESENTADO EN PLENO DE ORIGEN | 14/03/2023 |
5 | DE PRIMERA LECTURA EN ORIGEN | 14/03/2023 |
6 | DICTAMEN A DISCUSIÓN EN ORIGEN | 12/04/2023 |
7 | APROBADO EN ORIGEN | 12/04/2023 |
8 | TURNADO A REVISORA | 12/04/2023 |
9 | MINUTA RECIBIDA EN REVISORA | 13/04/2023 |
10 | PENDIENTE EN COMISION(ES) DE REVISORA | 13/04/2023 |
11 | APROBADO EN COMISION(ES) REVISORA | 28/11/2023 |
12 | DICTAMEN PRESENTADO EN PLENO DE REVISORA | 28/11/2023 |
13 | DE PRIMERA LECTURA EN REVISORA | 28/11/2023 |
14 | DICTAMEN A DISCUSIÓN EN REVISORA | 08/02/2024 |
15 | APROBADO EN PLENO REVISORA | 08/02/2024 |
16 | TURNADO AL EJECUTIVO | 08/02/2024 |
17 | PUBLICADO EN D.O.F. | 26/03/2024 |
Ver Historial |