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La Cámara de Diputados aprobó el 9 de febrero reformas para fortalecer la libertad de expresión y en materia de capacitación política y perspectiva de género.
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En sesión semipresencial del 9 de febrero, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó, con 365 votos a favor, 10 en contra y 74 abstenciones, el dictamen que deroga la fracción IX del artículo 223 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, con el objetivo de evitar que el uso incorrecto del lenguaje tenga como consecuencia la censura de un programa transmitido por radio y televisión.

El dictamen considera que la fracción IX, que actualmente cita: “El uso correcto del lenguaje”, debe ser derogada por contraponerse a los aspectos fundamentales de la libertad de expresión, la restricción a generar contenidos por cuidar una forma de lenguaje que no forma parte de las fuentes del sistema jurídico mexicano y que es en detrimento de los concesionarios al emitir y difundir contenidos.

También puntualiza que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha señalado que dicha fracción sobre el uso correcto del lenguaje es una violación a la libertad de expresión a los concesionarios de radio y televisión.

El documento fue enviado al Senado de la República para sus efectos constitucionales.



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También aprobó reformas en materia de capacitación política de mujeres y perspectiva de género.

Con 480 votos se avaló el dictamen que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y de la Ley General de Partidos Políticos, en materia de capacitación política de mujeres y perspectiva de género.

El dictamen reforma el artículo 199 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales para establecer que la Unidad Técnica de Fiscalización tendrá la facultad de promover que a los organismos de las mujeres de cada partido político le sea asignado el porcentaje de los recursos destinados al cumplimiento de la capacitación, promoción y el desarrollo del liderazgo político de las mujeres.

Asimismo, modifica los artículos 30, 43, 50, 51 y 72 de la Ley General de Partidos Políticos, a fin de que entre los órganos internos de los partidos deberá haber un órgano encargado de la perspectiva de género. Además, un organismo responsable de la capacitación, promoción y desarrollo del liderazgo político de las mujeres, que contará con autonomía técnica, administrativa y ejercerá el presupuesto asignado por el partido para el desarrollo de sus actividades, consistente en un porcentaje del financiamiento público ordinario.

La reforma también establece que cada partido canalizará anualmente entre el tres y el 10 por ciento del financiamiento público ordinario, que administrará y ejercerá el órgano responsable.

El dictamen fue turnado al Senado de la República para sus efectos constitucionales.



Fecha de publicación:  10/02/2022