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Asunto:

Iniciativa
Que reforma el artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Aspectos Relevantes:
La iniciativa tiene por objeto establecer que en el último año del ejercicio constitucional del Poder Ejecutivo y en la apertura del primer periodo ordinario de sesiones de la legislatura que coincida con la elección presidencial, la facultad de iniciativa para trámite preferente sólo podrá ejercerla el grupo parlamentario con mayor representación en la Cámara de Diputados o en el Senado que haya postulado al candidato triunfador. En este caso, la presentación o señalamiento de las iniciativas se hará dentro de los cinco días siguientes a la comunicación de la calificación definitiva de la elección presidencial.
Presentadora/Presentador:
Dip. Tomás Torres Mercado (PVEM)
Último Trámite:
Se turnó a Comisión (es): Puntos Constitucionales de Cámara de Diputados. Dictamina. En la Gaceta Parlamentaria del 31 de julio de 2013, la Mesa Directiva informa que la presente iniciativa se tiene por desechada en virtud de que no fue dictaminada en el plazo reglamentario, de conformidad con el artículo 89, numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados. El 29 de octubre de 2012 se instala la Comisión de Puntos Constitucionales y de conformidad con el artículo 182 numeral 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados comienza el plazo para dictaminar la iniciativa.

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Observaciones:

Suscrita por el Dip. Carlos Octavio Castellanos Mijares (PVEM).