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| Texto detallado del contenido de asuntos legislativos |
| Denominación |
| Que adiciona el artículo 38 bis y reforma el 40, 41 y 43 de la Ley General de Vida Silvestre. |
Objeto |
| La iniciativa tiene por objeto facultar a la SEMARNAT para que a través del Instituto Nacional de Ecología, de la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad, y de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, lleve a cabo los estudios poblacionales necesarios para determinar las tasas de aprovechamiento de los ejemplares de vida silvestre que por su interés económico o ecológico pretendan sujetarse al Sistema de Unidades para el Manejo y Conservación (UMA). |
Observaciones |
| Suscriben integrantes de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales. |
Fecha de publicación en Gaceta Parlamentaria: |
| 08/11/2011 |
Archivo Adjunto |
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