SIL SEGOB

Texto detallado del contenido de asuntos legislativos


Denominación
Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, en materia de sanciones al presidente de la República por delitos electorales.

Objeto
La iniciativa tiene por objeto establecer que el presidente de la República será sujeto de sanción en caso de que cometa algún delito electoral. Para ello propone: 1) determinar que los delitos cometidos por el Ejecutivo federal tendrán un plazo mínimo de prescripción de 6 años, y éste no correrá hasta terminada su gestión; 2) indicar que tratándose del presidente de la República, las penas de los delitos electorales cometidos aumentaran al doble; 3) precisar que se considerará al Ejecutivo federal como servidor público susceptible de ser acreedor para la imposición de sanciones; y, 4) puntualizar que los delitos cometidos por el Ejecutivo federal tendrán un plazo mínimo de prescripción de 6 años, y éste será computable una vez terminada su gestión.

Para tal fin modifica los artículos 3 de la Ley General en materia de Delitos Electorales; 104 y 401 del Código Penal Federal; 20 Bis de la Ley General en materia de Delitos Electorales; y, 212 del Código Penal Federal.

Fecha de publicación en Gaceta Parlamentaria:
31/10/2023

Archivo Adjunto
Ver archivo
Ver archivo
(398.4 KB)