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A | Grupos de trabajo Son órganos temporales constituidos al interior de una comisión o comisiones, para la presentación de predictámenes o proyectos de resolución, así como para la coordinación de actividades con otras comisiones, comités o dependencias del Ejecutivo Federal. Según el Reglamento de la Cámara de Diputados los grupos de trabajo tienen como objetivo que los integrantes de la comisión o comisiones se aboquen al estudio de un asunto en particular, no legislativo, o bien, a realizar estudios, investigaciones, opiniones o trabajo de campo que se requiera realizar. Asimismo, no podrán excederse de su objeto y deberán tener un periodo determinado para su cumplimiento. También podrán establecer sus propias reglas de funcionamiento. Fuente(s):
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