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A | Ley Reglamentaria Ordenamiento jurídico que desarrolla, precisa y sanciona uno o varios preceptos de la Constitución, con el fin de enlazar los conceptos y construir los medios necesarios para su aplicación. El carácter reglamentario de la ley radica en su contenido y no se refiere a la relación jerárquica con las demás leyes. La reglamentación puede recaer sobre la Constitución, códigos e incluso sobre otras leyes ordinarias, sean federales o locales, siempre que los ordenamientos reglamentarios hagan referencia a los preceptos de los cuerpos legislativos a los que regulan. Taxonómicamente se puede decir que la Ley Reglamentaria es una especie del género Ley Ordinaria. Es importante no referir como términos homónimos ley reglamentaria y reglamento, ya que la primera emana del Poder Legislativo y es expedida por el Ejecutivo; mientras que la segunda no deriva de un proceso legislativo. Fuente(s):
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