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A | Prevención Acto que lleva a cabo el Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, a través de una comunicación que se deberá publicar en la Gaceta Parlamentaria, para informar a la Comisión o comisiones de dictamen que cuentan con quince días para que venza el plazo para dictaminar un asunto que le ha sido turnado. Esta misma figura se aplica diez días antes de que se venza el plazo de los asuntos que hayan recibido una prórroga para dictaminar. Para el caso de iniciativas preferentes, el Presidente de la Mesa Directiva realizará una prevención a la comisión o comisiones, siete días naturales antes de que venza el plazo para su dictaminación, a través de una comunicación que deberá publicarse en la Gaceta. Fuente(s):
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