
Presentador:
Diputados: Gobernación y Población
Aspectos Relevantes:
La comisión aprueba actualizar el marco normativo de la Administración Pública Federal (APF). Entre lo propuesto destaca: 1) incorporar el lenguaje incluyente y precisar el término -La persona titular- del Ejecutivo Federal; así como a la Jefa o Jefe de dicha Oficina; 2) reformular la organización de la APF en función de la eficiencia, eficacia, austeridad y gobernanza digital; 3) impulsar las capacidades nacionales en investigación humanística y científica del país; 4) plasmar el empoderamiento de las mujeres en la APF; 5) suprimir la Secretaría de la Función Pública para evitar duplicidad de funciones; 6) crear: i) la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno; ii) la Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación; iii) la Secretaría de las Mujeres; y, iv) la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones; 7) establecer por conducto de la SHCP disposiciones de carácter general el modelo organizacional y de operación de las Unidades de Administración y Finanzas de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada; 8) fortalecer las atribuciones de la Segob; 9) indicar que la SRE garantizará la revaloración del fenómeno migratorio y el trato digno de mexicanas y mexicanos que viven en el exterior; 10) robustecer las funciones de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana; 11) facultar a la Semarnat para ejercer acciones en defensa del derecho a un ambiente sano así como conducir la política nacional en materia de residuos sólidos y de economía circular; 12) aumentar las facultades y acciones de la: a) Secretaría de Energía; b) Secretaría de Economía; c) Sader; d) SICT; e) Secretaría de Salud; f) Sedatu; g) Secretaría de Cultura; y, h) Sectur; y 13) determinar que el Gabinete Social de la Presidencia de la República será la instancia colegiada de formulación y coordinación de la asignación y transferencia de los bienes a los que se refiere el artículo 22 de la CPEUM, así como de los bienes asegurados y decomisados en los procedimientos penales federales. Para tal fin modifica los artículos 8, 14 Bis, 19, 20, 25, 26, 27, 28, 30 Bis, 31, 32 Bis, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 38 Bis, 38 Bis, 39, 41, 41 Bis, 42, 42 Bis, 42 Ter, 44, 44 Bis, 48 y 50 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. En su régimen transitorio se establece que: a) Los recursos humanos, financieros y materiales con que cuenten el Instituto Nacional de las Mujeres y el Consejo Nacional de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación, serán transferidos a la Secretaría de las Mujeres y a la Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación, respectivamente. Los procesos de transferencia de dichos recursos deberán concluir el 31 de diciembre del 2024, con la finalidad de que las Secretarías de nueva creación inicien funciones a partir del 1 de enero de 2025; b) Los recursos humanos, financieros y materiales con que cuenten los órganos administrativos desconcentrados y unidades administrativas cuya adscripción cambia por disposición o consecuencia del presente Decreto serán transferidos a su nueva dependencia, a más tardar el 31 de diciembre del 2024; c) En un plazo de 90 días hábiles, se deberán realizar las adecuaciones normativas a los ordenamientos jurídicos respectivos para armonizarlos con las disposiciones previstas en el presente decreto; y d) Las erogaciones que se generen con motivo de la entrada en vigor del presente decreto se realizarán con cargo a los recursos aprobados expresamente para esos fines por la Cámara de Diputados en los respectivos presupuestos de egresos de los ejecutores de gasto correspondientes; en caso de que se realice alguna modificación a la estructura orgánica de los mismos, ésta deberá llevarse a cabo mediante movimientos compensados conforme a las disposiciones jurídicas aplicables, por lo que en ningún caso se autorizarán ampliaciones a sus presupuestos de egresos para el presente ejercicio fiscal y subsecuentes. En la sesión del 13 de noviembre de 2024 el pleno de la Cámara de Diputados aprobó la reserva de la Dip. Jessica Saiden Quiroz (Morena) al artículo 30 Bis para incorporar a las funciones de la Secretaria de Seguridad y Protección Ciudadana el -dirigir la política de prevención social de las violencias- con la finalidad de -coordinar- la prevención del delito. En la sesión del 13 de noviembre de 2024 el pleno de la Cámara de Diputados aprobó la reserva de la Dip. Rafaela Vianey García Romero (Morena) al artículo Décimo Cuarto Transitorio para referir que los recursos humanos, financieros y materiales, así como las funciones y atribuciones con las que cuenta la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres se transferirán a la Secretaría de las Mujeres, a más tardar el 31 de diciembre del 2024. Una vez ocurrido lo anterior, el Decreto de creación publicado el 1 de junio de 2009 en el Diario Oficial de la Federación quedará abrogado a partir del 01 de enero del 2025, por lo que se tendrán que realizar las adecuaciones correspondientes al Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación.
Observaciones:
Contempla la declaratoria de publicidad el 12 de noviembre de 2024.