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Miércoles 27 de noviembre de 2024
Con proyecto de decreto por el que se realiza la homologación normativa Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares.
Presentador:Senado: Justicia
Senado: Estudios Legislativos, Segunda
Aspectos Relevantes:Las comisiones aprueban con modificaciones la minuta que proponer llevar a cabo la armonización normativa para sustituir la denominación del Código Federal de Procedimientos Civiles por la del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares mediante la reforma específica en las siguientes disposiciones: 1. Artículos 51 y 1934 BIS del Código Civil Federal; 2. Artículos 1054, 1061 BIS, 1063, 1393, 1414, 1466 y 1477 del Código de Comercio; 3. Artículo 130 del Código Fiscal de la Federación; 4. Artículo 138 del Código Nacional de Procedimientos Penales; 5. Artículo 137 del Código Militar de Procedimientos Penales; 6. Artículo 167 de la Ley Agraria; 7. Artículos 11 y 61 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 8. Artículo 129 de la Ley de Ahorro y Crédito Popular; 9. Artículos 2, 10 y 27 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 10. Artículo 9 de la Ley de Asociaciones Público Privadas; 11. Artículo 36 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público; 12. Artículo 8 de la Ley de Concursos Mercantiles; 13. Articulo 118 de la Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar; 14. Artículo 6 de la Ley de Firma Electrónica Avanzada; 15. Artículo 6 de la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural; 16. Artículo 84 Bis de la Ley de Fondos de Inversión; 17. Artículos 109 Bis y 225 de la Ley de Instituciones de Crédito; 18. Artículos 193, 280, 281 y 479 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas; 19. Artículo 68 de la Ley de la Fiscalía General de la República; 20. Artículo 111 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro; 21. Artículos 6, 105, 264, 275 de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos; 22. Artículos 13 y 79 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; 23. Artículo 42 de la Ley de Policía Federal; 24. Artículos 11, 75, 84 Quinquies y 92 de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros; 25. Artículo 25 de la Ley de Responsabilidad Civil por Daños Nucleares; 26. Artículo 8 de la Ley de Seguridad Nacional; 27. Artículos 9, 12 y 33 de la Ley de Sistemas de Pagos; 28. Artículo 108 de la Ley de Uniones de Crédito; 29. Artículo 61 de la Ley de Vertimientos en las Zonas Marinas Mexicanas; 30. Artículos 159, 160, 161, 162, 166, 167 y 171 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas; 31. Artículo 389 de la Ley del Mercado de Valores; 32. Artículo 126 de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica; 33. Artículo 9 de la Ley de Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano; 34. Artículos 12, 121 y 132 de la Ley Federal de Competencia Económica; 35. Artículo 11 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional; 36. Artículo 2 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 37. Artículos 1, 14, 46 y 58 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo; 38. Artículos 3 y 400 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial; 39. Artículos 26, 114 y 120 de la Ley Federal de Protección al Consumidor; 40. Artículo 5 de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares; 41. Artículo 11 de la Ley Federal de Protección del Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas; 42. Artículos 9, 27, 28, 32, 35, 37, 38 y 55 de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental; 43. Artículo 6 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión; 44. Artículos 10 y 213 de la Ley Federal de Derecho de Autor; 45. Artículos 4, 63 y 71 de la Ley Federal para el Control de Sustancias Químicas Susceptibles de desvío para la Fabricación de Armas Químicas; 46. Artículo 47 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación; 47. Artículo 5 Ter de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos; 48. Artículo 3 de la Ley General de Archivos; 49. Artículos 5 y 114 de la Ley General de Bienes Nacionales; 50. Artículo 83 de la Ley General de Cultura Física y Deporte; 51. Artículo 88 Bis 4 de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito; 52. Artículo 9 de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados; 53. Artículo 73 de la Ley General de Turismo; 54. Artículo 202 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; 55. Artículos 58, 59, 86 y 123 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; 56. Artículo 30 de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros; 57. Artículo 97 de la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo; 58. Artículos 141 y 161 de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras; 59. Artículo 102 de la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera; 60. Artículo 4 de la Ley Reglamentaria de la Fracción VI del Artículo 76 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 61. Artículo 5 de la Ley Reglamentaria de la Fracción XIII Bis del Apartado B, del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 62. Artículo 1 de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 63. Artículos 8 y 35 de la Ley Reglamentaria del artículo 6°, párrafo primero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en Materia de Derecho de la Réplica; 64. Artículo 11 de la Ley sobre la Celebración de Tratados; 65. Artículos 4 y 46 de la Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral. Las modificaciones consisten en: 1. el Código Civil Federal, referir en los términos del artículo 810, en el artículo 1549 Bis, fracción VI y, que se trata del Libro Sexto en el artículo 1934 Bis; 2. el Código de Comercio, puntualizar que se trata de los artículos 348, 349 y 350, en el artículo 1061 Bis y, agregar la expresión -con excepción del artículo 433, en el artículo 1466; 3. el Código Fiscal de la Federación, establecer que se trata de los artículos 348, 349 y 350, en el artículo 130; 4. la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, referir que se trata del Libro Sexto en el artículo 11; eliminar la expresión -a excepción del artículo 617 y, puntualizar que se refiere al artículo 104 y 1097, en los artículos 84 y 92, respectivamente; 5. la Ley del Sistema de Pagos, anotar que se refiere al segundo párrafo, en el artículo vigésimo séptimo; 6. la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo; 7. la Ley Federal de Protección al Consumidor; 8. la Ley Federal para el Control de Sustancias Químicas Susceptibles de Desvío para la Fabricación de Armas Químicas; 9. la Ley General del Equilibrio y Protección al Ambiente; 10. la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, anotar que se trata el artículo 862 en el artículo 202 y, 11. la Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral, puntualizar que se trata del artículo 95, fracción c).
Observaciones:Contempla la minuta recibida el 17 de abril de 2024.