
Presentador:
Dip. Emilio Manzanilla Téllez (PT)
Aspectos Relevantes:
La iniciativa tiene por objeto prohibir la instalación de dispensadores automáticos de agua potable en la vía pública, espacios comunitarios, unidades habitacionales o centros comerciales, cuando no cuenten con autorización sanitaria emitida por la autoridad competente. Para ello propone determinar que los proveedores que ofrezcan agua potable a través de dispensadores automáticos deberán garantizar la veracidad en la información sobre la calidad del agua, procesos de purificación, tarifas y mantenimiento del equipo. Para tal fin modifica el artículo 216 Ter Ley General de Salud; y, 44 Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor.