Domingo 08 de junio de 2025
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act. Actualizar

Que reforma el párrafo primero del artículo 1069, el párrafo tercero del artículo 1071 y el párrafo segundo del artículo 1075 y se adiciona una fracción VII al artículo 1068 del Código de Comercio, en materia de notificaciones electrónicas en los juicios mercantiles.
Presentador:
Dip. Jesús Valdés Peña (Morena)
Aspectos Relevantes:
La iniciativa tiene por objeto regular las notificaciones electrónicas en los juicios mercantiles. Para ello propone: 1) incluir las notificaciones por correo electrónico, sistema de justicia digital o por cualquier otro medio de comunicación electrónica efectivo que de constancia indubitable de recibo; y, 2) plasmar que todas las personas litigantes, en el primer escrito o en la primera diligencia judicial, deben designar domicilio ubicado en el lugar del juicio, así como el correo electrónico o los datos del sistema de justicia digital para que se les hagan las notificaciones y se practiquen las diligencias que sean necesarias.