
Presentador:
Dip. Ricardo Astudillo Suárez (PVEM)
Aspectos Relevantes:
La iniciativa tiene por objeto garantizar la seguridad, protección y bienestar de los menores con familiares privados de su libertad. Para ello propone: 1) prever que las niñas, niños y adolescentes tendrán derecho a convivir con sus familiares cuando éstos se encuentren privados de su libertad y que este derecho sólo podrá ser restringido por resolución del órgano jurisdiccional competente, siempre y cuando no sea contrario a su interés superior y mientras se mantenga como prioridad la seguridad, protección y bienestar del menor; 2) estipular que serán condiciones por cumplir para garantizar la protección integral en virtud del derecho a la familia de los niños, niñas y adolescentes con padre o madre privados de libertad las siguientes: a) espacios de convivencia dignos y adecuados: que permitan a los menores interactuar con sus padres en un ambiente seguro, amigable y saludable; b) visitas regulares y accesibles: garantizar que las familias tengan las facilidades económicas y logísticas para visitar a los padres privados de libertad, incluyendo transporte o apoyo para desplazamientos; y, c) mecanismos de comunicación constante: facilitar llamadas, videollamadas y otras herramientas para mantener contacto frecuente, especialmente cuando la distancia dificulte las visitas físicas; 3) contemplar como medidas complementarias para los menores con padres privados de la libertad, que residan con sus madres privadas de libertad o bajo el cuidado de familiares deberá procurarse lo siguiente: i) educación: proveer acceso a educación de calidad para los menores, adaptada a sus necesidades específicas, ya sea dentro o fuera de los centros penitenciarios; ii) atención psicológica y emocional: ofrecer programas de apoyo psicológico tanto a los menores como a sus madres, padres o cuidadores principales para mitigar los efectos emocionales de la separación; iii) salud: asegurar servicios de salud integral, incluyendo atención pediátrica, nutricional y mental, para los niños y las madres; iv) protección contra el estigma social: Implementar campañas de sensibilización en escuelas y comunidades para prevenir el acoso escolar y la discriminación hacia estos menores; v) tratamiento equitativo: garantizar que estos niños no sean discriminados en el acceso a programas sociales, educativos y de salud debido a la situación de sus padres; vi) censo actualizado: todo menor en esta situación deberá formar parte registro nacional que permita identificar las posibles áreas de oportunidad; y, vii) seguimiento continuo: se deberá tener un monitoreo constante de las condiciones en que viven estos niños para evaluar los impactos de las políticas implementadas; y, 4) añadir que las autoridades federales, de las entidades federativas, municipales y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, establecerán las normas y los mecanismos necesarios para facilitar la localización y reunificación de la familia de niñas, niños y adolescentes, cuando hayan sido privados de ella, incluyendo los casos en que uno o ambos padres hayan sido privados de la libertad , siempre y cuando no sea contrario a su interés superior.