
Presentador:
Dip. Luis Agustín Rodríguez Torres (PAN)
Aspectos Relevantes:
La iniciativa tiene por objeto incluir criterios en materia de paridad generacional. Entre lo propuesto se plantea definir a la Paridad Generacional como el Principio por el cual los partidos políticos y coaliciones deberán garantizar la inclusión de personas jóvenes, comprendidas entre los 18 y 29 años al día de la elección, en las candidaturas a cargos de elección popular en acorde al peso demográfico que este rango de edad comprende. Señalar que el Instituto, los Organismos Públicos Locales, los partidos políticos, personas precandidatas y candidatas, deberán garantizar el principio de paridad de género y paridad generacional en el ejercicio de los derechos políticos y electorales, así como el respeto a los derechos humanos de las mujeres. Garantizar el cumplimiento del principio de paridad generacional, así como la participación de representantes jóvenes en espacios legislativos. Los partidos políticos promoverán y garantizarán la paridad entre los géneros y la paridad generacional en proporción al peso demográfico del rango de edad joven en la postulación de candidaturas a los cargos de elección popular para la integración del Congreso de la Unión, los congresos de las entidades federativas, las planillas de ayuntamientos y de las alcaldías. Las listas de representación proporcional deberán integrar en sus primeros cuatro lugares al menos una fórmula compuesta por candidatos o candidatas jóvenes, garantizando así el principio de paridad generacional.