Lunes 24 de noviembre de 2025
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act. Actualizar

Que reforma y adiciona el artículo 108 del Código Fiscal de la Federación, en materia de defraudación fiscal.
Presentador:
Dip. Haidyd Arreola López (Morena)
Aspectos Relevantes:
La iniciativa tiene por objeto actualizar el delito de defraudación fiscal para permitir la persecución de oficio en ciertos montos. Para ello propone: 1) determinar que la de defraudación fiscal se sancionará con las penas siguientes: a) con prisión de tres años a nueve años cuando el monto de lo de lo defraudado exceda de $3,354,710.00 pero no de $30,354,710.00; b) con prisión de cuatro años a diez años cuando el monto de lo de lo defraudado exceda de $30,354,710.00 pero no de $60,354,710.00; c) con prisión de cinco años a once años cuando el monto de lo de lo defraudado exceda de $60,354,710.00. pero no de $90,354,710.00; d) con prisión de seis años a doce años cuando el monto de lo de lo defraudado exceda de $90,354,710.00 pero no de $100,000,000.00; e) con prisión de siete años a trece años cuando el monto de lo de lo defraudado exceda de $100,000,000.00 pero no de $130,000,000.00; y, f) con prisión de ocho años a quince años cuando el monto de lo defraudado fuere mayor de $130,000,000.00; 2) precisar que el delito de defraudación fiscal, serán calificados cuando se originen por omitir reiteradamente la expedición de comprobantes por las actividades que se realicen, siempre que las disposiciones fiscales establezcan la obligación de expedirlos; 3) entender que existirá una conducta reiterada cuando durante un período de tres años el contribuyente haya sido sancionado por esa conducta; 4) indicar que no se formulará querella si quien hubiere omitido el pago total o parcial de alguna contribución u obtenido el beneficio indebido conforme a este artículo, lo entrega espontáneamente con sus recargos y actualización antes de que la autoridad fiscal descubra la omisión o el perjuicio; y, 5) añadir que se seguirá de forma oficiosa en lo correspondiente al inciso 1; debido a la grave afectación al fisco federal.