Que expide la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar el Delito de Extorsión.Presentador:
Dip. María de los Dolores Padierna Luna (Morena)
Aspectos Relevantes:
La iniciativa tiene por objeto establecer la regulación en materia de prevención, investigación, persecución y sanción del delito de extorsión. Entre lo propuesto destaca: 1) definir el término -extorsión- y determinar su tipo penal; 2) especificar las circunstancias agravantes del delito; 3) puntualizar los caso de atenuación por desistimiento, colaboración y reparación; 4) plantear los ámbitos de aplicación de la normativa; 5) referir las obligaciones de los concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones en la materia; 6) crear el Programa Federal de Protección a Personas; 7) determinar los medios de restitución inmediata de derechos y reparación del daño; 8) establecer los mecanismos de coordinación entre la Federación y entidades federativas, en el ámbito de sus funciones; 9) enlistar las atribuciones de las unidades especiales de investigación; y, 10) estipular las medidas de vigilancia especiales, la prisión preventiva, las penas y la ejecución de sentencias por infracciones en la materia.
Observaciones:
Suscrita por los y las diputadas María de los Dolores Padierna Luna (Morena), Jesús Emiliano Álvarez López (Morena), Daniel Asaf Manjarrez (Morena), Daniel Campos Plancarte (Morena), Carlos Alonso Castillo Pérez (Morena), María Teresa Ealy Díaz (Morena) , Mónica Fernández César (Morena), Edén Garcés Medina (Morena), Carlos Hernández Mirón (Morena), Jaime Genaro López Vela (Morena), Sergio Mayer Bretón (Morena), Roberto Mejía Méndez (Morena), María Guadalupe Morales Rubio (Morena), Julio César Moreno Rivera (Morena), Juan Guillermo Rendón Gómez (Morena), María de Jesús Rosete Sánchez (Morena), Jesús Irugami Perea Cruz (Morena), Estela Carina Piceno Navarro (Morena), Elena Edith Segura Trejo (Morena), Francisco Javier Sánchez Cervantes (Morena), Maribel Solache González (Morena), Jesús Valdés Peña (Morena) y Marisela Zúñiga Cerón (Morena).

