Que reforma el segundo párrafo de la fracción XIII del Apartado B del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reinstalación de personal de procuración de justicia y seguridad pública.Presentador:
Dip. Haidyd Arreola López (Morena)
Aspectos Relevantes:
La iniciativa tiene por objeto establecer las condiciones de separación y en su caso, las circunstancias de reinstalación de personal de instancias de procuración de justicia y de seguridad pública. Para ello propone: 1) puntualizar que los agentes del Ministerio Público, los peritos y los miembros de las instituciones policiales de la federación, las entidades federativas y los municipios, podrán ser separados de sus cargos por causa justificada; y, 2) determinar que el Estado estará obligado a la reincorporación de dicho personal al servicio y demás prestaciones a que tenga derecho, cuando la causal de la separación haya sido injustificada.

