Que reforma el tercer párrafo del artículo 58 del Código Civil Federal, en materia de igualdad y el reconocimiento de los apellidos maternos.Presentador:
Dip. Clara Cárdenas Galván (Morena)
Aspectos Relevantes:
La iniciativa tiene por objeto establecer que, en el registro en acta de apellidos por parte del Juez del Registro Civil, se considerará el primer y segundo apellidos que bajo común acuerdo hayan establecido los ascendientes en primer grado. Para ello propone especificar que en caso de no contar con un acuerdo, el Juez del Registro Civil acordará el orden de los apellidos considerando prioridad el interés superior del menor.

