Que reforma el artículo 113, se reforma el párrafo primero del artículo 121, se adiciona las fracciones XVII, XVIII, XIX, XX, XXI al artículo 122, se reforma la fracción IV y XV del artículo 125, se adiciona el segundo párrafo a la fracción VII del artículo 137, todos de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para fortalecer las procuradurías de protección de niñas, niños y adolescentes.Presentador:
Dip. Mildred Concepción Ávila Vera (Morena)
Aspectos Relevantes:
La iniciativa tiene por objeto ampliar las atribuciones de las procuradurías Federal y estatales en materia de atención de la niñez y adolescencia, así como establecer mecanismos para su evaluación y garantizar recursos para tales efectos. Entre lo propuesto destaca: 1) facultar a las procuradurías para la supervisión técnica y jurídica de los centros de asistencia social y unidades familiares de resguardo, garantizando estándares y protocolos con perspectiva de niñez y familia; 2) crear el Sistema Nacional de Evaluación de Procuradurías; 3) establecer que las procuradurías Federal y estatales serán organismos públicos con autonomía técnica, de gestión y presupuestal y la persona titular será designada mediante convocatoria pública; 4) estipular que las entidades deberán prever un fondo estatal etiquetado para su operación y garantizar personal interdisciplinario; 5) constituir el Registro Nacional de Casos de Protección Familiar y de Niñez, interoperable y actualizado para el seguimiento de casos y la restitución de derechos; 6) estipular que los sistemas locales de protección establecerán en sus presupuestos recursos suficientes para el fortalecimiento institucional de las procuradurías de Protección, garantizando infraestructura, personal y tecnología para la atención integral y oportuna de niñas, niños y adolescentes.
Observaciones:
Suscrita por las diputadas Mildred Concepción Ávila Vera (Morena) y Anaís Miriam Burgos Hernández (Morena).

