Que adiciona el artículo 20 Ter a la Ley General en Materia de Delitos Electorales, en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género.Presentador:
Dip. Claudia Alejandra Hernández Sáenz (Morena)
Aspectos Relevantes:
La iniciativa tiene por objeto ampliar los mecanismos de atención y protección de los derechos político-electorales de las mujeres ante situaciones de violencia política en razón de género. Para ello propone: 1) establecer que, cuando como consecuencia de un hecho constitutivo de violencia política contra las mujeres en razón de género la víctima renuncie a una candidatura registrada o a un cargo de elección popular, la autoridad jurisdiccional deberá: i) ordenar la restitución inmediata y efectiva de la víctima en su cargo o candidatura, adoptando las medidas necesarias para garantizar el ejercicio pleno de sus derechos político-electorales; y, ii) garantizar la reparación integral del daño, conforme a lo establecido en la legislación aplicable; y, 2) considerar que las sanciones aplicables por estos hechos se impondrán de manera acumulativa a las que correspondan por la comisión de otros delitos.

